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Código de Etica de la ICF

Primera Parte: Filosofía de Coaching de la ICF

La International Coach Federation adhiere a una forma de coaching que honra al cliente

como experto en su vida y trabajo, y cree que todo cliente es creativo, posee recursos y

constituye un todo. De acuerdo con este fundamento, la responsabilidad del coach es:

Descubrir, aclarar y alinearse con lo que el cliente quiere lograr

Alentar el autodescubrimiento del cliente

Buscar soluciones y estrategias generadas por el cliente

Constituir al cliente en responsable por sus acciones

Segunda Parte: La Definición de Coaching de la ICF

El coaching es una relación profesional continua que ayuda a las personas a producir

resultados extraordinarios en sus vidas, carreras, negocios y organizaciones. A través de

un proceso de coaching, los clientes profundizan en su aprendizaje, optimizan su

desempeño y mejoran su calidad de vida.

En cada reunión, el cliente elige el foco de la conversación, mientas el coach lo escucha y

aporta observaciones y preguntas. Esta interacción crea claridad y lleva al cliente a la

acción. El coaching acelera el avance del cliente, proporcionando un mayor foco de

conciencia de elección. El coaching se concentra en dónde está el cliente ahora y qué es

lo que está dispuesto a hacer para llegar adonde quiere estar en el futuro. Los coaches

que son miembros de la ICF y los acreditados por esta Federación, reconocen que los

resultados corresponden a las intenciones, elecciones y acciones del cliente a quién el

coach apoya con su esfuerzo durante el proceso de coaching.

Tercera Parte: Estándares de Conducta Etica de la ICF

Tercera Parte: Estándares de Conducta Profesional de la ICF

Como coach:

1) Me conduciré en forma que refleje positivamente la profesión de coach y evitaré

desarrollar conductas o realizar declaraciones que puedan impactar negativamente en la

comprensión o aceptación del público sobre el coaching como profesión.

2) No realizaré deliberadamente declaraciones públicas que resulten falsas o equívocas,

en ningún documento escrito que se relacione con la profesión de coach.

3) Respetaré los diferentes enfoques al coaching. Honraré los esfuerzos y aportes de

otros y no los declararé como propios.

4) Seré conciente de los temas que potencialmente puedan causar una mala

interpretación de mi influencia, reconociendo la naturaleza del coaching y la forma en que

pueda afectar la vida de otros.

5) En todo momento, me esforzaré por reconocer los temas personales que pueden

impedir, conflictuar o interferir con mi desempeño como coach o con mis relaciones

profesionales. Cuando los hechos y circunstancias así lo requieran, buscaré asistencia

profesional y determinaré la acción a tomar, incluyendo, si resulta apropiado, suspender o

finalizar mi/s relación/es de coaching.

6) Como entrenador o supervisor de coaches o potenciales coaches, me conduciré de

acuerdo con el Código de Etica de la ICF en todas las situaciones de capacitación y

supervisión.

7) Me desempeñaré y realizaré mi investigación con competencia, honestidad y dentro de

los estándares científicos reconocidos. Mis trabajos de investigación se desarrollarán con

la aprobación o consentimiento de los que en ellos participen, y con un enfoque que

razonablemente proteja a los participantes de cualquier daño potencial. Todos mis

esfuerzos de investigación se realizarán dentro del marco legal del país donde se

desarrollen.

8) Crearé, mantendré, guardaré y eliminaré los registros del trabajo realizado con relación

a la práctica del coaching en forma tal que promueva la confidencialidad y cumpla con las

reglamentaciones vigentes.

9) Utilizaré la información de contacto con los miembros de la ICF (direcciones de email,

números telefónicos, etc.) en un todo de acuerdo con, y dentro del marco de autorización

de la IFC.

Conducta Profesional con los Clientes

10) Seré responsable de establecer límites claros, adecuados y culturalmente sensibles

en cualquier contacto físico que pueda tener con mis clientes.

11) No me involucraré sexualmente con ninguno de mis clientes.

12) Estableceré acuerdos claros con mis clientes y los honraré en el contexto de las

relaciones profesionales de coaching.

13) Me aseguraré que antes, o durante la primera sesión, mi cliente comprenda la

naturaleza del coaching, los límites de confidencialidad, los acuerdos financieros y otros

términos del acuerdo suscripto.

14) Identificaré con exactitud mis calificaciones, competencias y experiencia como coach.

15) No alentaré intencionalmente falsas expectativas sobre lo que mi cliente recibirá del

proceso, o de mí como su coach.

16) No daré a mis clientes o futuros clientes información o consejo que considere ambiguo

o falso.

17) No explotaré intencionalmente ningún aspecto de la relación coach-cliente para mi

beneficio personal, profesional o económico.

18) Respetaré el derecho del cliente a finalizar el proceso de coaching en cualquier punto

de la práctica. Estaré alerta a las señales de que el cliente ya no se está beneficiando de

nuestra relación.

19) Si considero que el cliente recibirá un mejor proceso de otro coach, o de otro recurso,

lo alentaré a que realice el cambio.

20) Le sugeriré a mis clientes que busquen los servicios de otros profesionales cuando lo

considere apropiado o necesario.

21) Tomaré todos los recaudos razonables para notificar a las autoridades apropiadas en

caso de que un cliente revele su intención de poner en peligro su vida o la de otros.

Confidencialidad/Privacidad

22) Respetaré la confidencialidad de la información que me brinde mi cliente, excepto

cuando mi cliente así me autorice, o si lo requieren las leyes o reglamentaciones vigentes.

23) Solicitaré la autorización de mi cliente antes de revelar su nombre como cliente o

referencia, o cualquier otro tipo de información que lo identifique.

24) Solicitaré la autorización de mi coacheado antes de revelar información a otra persona

que este pagando por los honorarios del coaching

Conflictos de Intereses

25) Buscaré evitar conflictos entre mis intereses y los intereses de mis clientes.

26) Cuando surja un conflicto de intereses real o potencial, lo revelaré abiertamente y

conversaré con mi cliente sobre la mejor manera de solucionarlo para su beneficio

27) Revelaré a mi cliente todas las compensaciones anticipadas de terceros que pueda

recibir por referidos de ese cliente.

28) Solamente aceptaré el intercambio de servicios, bienes u otra retribución no monetaria

cuando no perjudique la relación de coaching.

Cuarta Parte: Compromiso de Ética de la ICF

Como coach profesional, acepto honrar mis obligaciones éticas con mis clientes y colegas

y con el público en general. Me comprometo con este Código de Ética, a tratar a las

personas con dignidad como seres humanos iguales e independientes y a modelar estos

estándares con mis coacheados. Si faltara a este Compromiso de Ética o a cualquiera de

sus partes, acepto que la ICF es la única autoridad para hacerme responsable de estos

hechos. Además, acepto mi responsabilidad hacia la ICF si una falta a este compromiso

incluyera la pérdida de mi membresía y/o mis acreditaciones.

Código de Ética

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Aprobado el 22 de enero de 2005.

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