Código de Etica de la ICF
Primera Parte: Filosofía de Coaching de la ICF
La International Coach Federation adhiere a una forma de coaching que honra al cliente
como experto en su vida y trabajo, y cree que todo cliente es creativo, posee recursos y
constituye un todo. De acuerdo con este fundamento, la responsabilidad del coach es:
•
Descubrir, aclarar y alinearse con lo que el cliente quiere lograr
•
Alentar el autodescubrimiento del cliente
•
Buscar soluciones y estrategias generadas por el cliente
•
Constituir al cliente en responsable por sus acciones
Segunda Parte: La Definición de Coaching de la ICF
El coaching es una relación profesional continua que ayuda a las personas a producir
resultados extraordinarios en sus vidas, carreras, negocios y organizaciones. A través de
un proceso de coaching, los clientes profundizan en su aprendizaje, optimizan su
desempeño y mejoran su calidad de vida.
En cada reunión, el cliente elige el foco de la conversación, mientas el coach lo escucha y
aporta observaciones y preguntas. Esta interacción crea claridad y lleva al cliente a la
acción. El coaching acelera el avance del cliente, proporcionando un mayor foco de
conciencia de elección. El coaching se concentra en dónde está el cliente ahora y qué es
lo que está dispuesto a hacer para llegar adonde quiere estar en el futuro. Los coaches
que son miembros de la ICF y los acreditados por esta Federación, reconocen que los
resultados corresponden a las intenciones, elecciones y acciones del cliente a quién el
coach apoya con su esfuerzo durante el proceso de coaching.
Tercera Parte: Estándares de Conducta Etica de la ICF
Tercera Parte: Estándares de Conducta Profesional de la ICF
Como coach:
1) Me conduciré en forma que refleje positivamente la profesión de coach y evitaré
desarrollar conductas o realizar declaraciones que puedan impactar negativamente en la
comprensión o aceptación del público sobre el coaching como profesión.
2) No realizaré deliberadamente declaraciones públicas que resulten falsas o equívocas,
en ningún documento escrito que se relacione con la profesión de coach.
3) Respetaré los diferentes enfoques al coaching. Honraré los esfuerzos y aportes de
otros y no los declararé como propios.
4) Seré conciente de los temas que potencialmente puedan causar una mala
interpretación de mi influencia, reconociendo la naturaleza del coaching y la forma en que
pueda afectar la vida de otros.
5) En todo momento, me esforzaré por reconocer los temas personales que pueden
impedir, conflictuar o interferir con mi desempeño como coach o con mis relaciones
profesionales. Cuando los hechos y circunstancias así lo requieran, buscaré asistencia
profesional y determinaré la acción a tomar, incluyendo, si resulta apropiado, suspender o
finalizar mi/s relación/es de coaching.
6) Como entrenador o supervisor de coaches o potenciales coaches, me conduciré de
acuerdo con el Código de Etica de la ICF en todas las situaciones de capacitación y
supervisión.
7) Me desempeñaré y realizaré mi investigación con competencia, honestidad y dentro de
los estándares científicos reconocidos. Mis trabajos de investigación se desarrollarán con
la aprobación o consentimiento de los que en ellos participen, y con un enfoque que
razonablemente proteja a los participantes de cualquier daño potencial. Todos mis
esfuerzos de investigación se realizarán dentro del marco legal del país donde se
desarrollen.
8) Crearé, mantendré, guardaré y eliminaré los registros del trabajo realizado con relación
a la práctica del coaching en forma tal que promueva la confidencialidad y cumpla con las
reglamentaciones vigentes.
9) Utilizaré la información de contacto con los miembros de la ICF (direcciones de email,
números telefónicos, etc.) en un todo de acuerdo con, y dentro del marco de autorización
de la IFC.
Conducta Profesional con los Clientes
10) Seré responsable de establecer límites claros, adecuados y culturalmente sensibles
en cualquier contacto físico que pueda tener con mis clientes.
11) No me involucraré sexualmente con ninguno de mis clientes.
12) Estableceré acuerdos claros con mis clientes y los honraré en el contexto de las
relaciones profesionales de coaching.
13) Me aseguraré que antes, o durante la primera sesión, mi cliente comprenda la
naturaleza del coaching, los límites de confidencialidad, los acuerdos financieros y otros
términos del acuerdo suscripto.
14) Identificaré con exactitud mis calificaciones, competencias y experiencia como coach.
15) No alentaré intencionalmente falsas expectativas sobre lo que mi cliente recibirá del
proceso, o de mí como su coach.
16) No daré a mis clientes o futuros clientes información o consejo que considere ambiguo
o falso.
17) No explotaré intencionalmente ningún aspecto de la relación coach-cliente para mi
beneficio personal, profesional o económico.
18) Respetaré el derecho del cliente a finalizar el proceso de coaching en cualquier punto
de la práctica. Estaré alerta a las señales de que el cliente ya no se está beneficiando de
nuestra relación.
19) Si considero que el cliente recibirá un mejor proceso de otro coach, o de otro recurso,
lo alentaré a que realice el cambio.
20) Le sugeriré a mis clientes que busquen los servicios de otros profesionales cuando lo
considere apropiado o necesario.
21) Tomaré todos los recaudos razonables para notificar a las autoridades apropiadas en
caso de que un cliente revele su intención de poner en peligro su vida o la de otros.
Confidencialidad/Privacidad
22) Respetaré la confidencialidad de la información que me brinde mi cliente, excepto
cuando mi cliente así me autorice, o si lo requieren las leyes o reglamentaciones vigentes.
23) Solicitaré la autorización de mi cliente antes de revelar su nombre como cliente o
referencia, o cualquier otro tipo de información que lo identifique.
24) Solicitaré la autorización de mi coacheado antes de revelar información a otra persona
que este pagando por los honorarios del coaching
Conflictos de Intereses
25) Buscaré evitar conflictos entre mis intereses y los intereses de mis clientes.
26) Cuando surja un conflicto de intereses real o potencial, lo revelaré abiertamente y
conversaré con mi cliente sobre la mejor manera de solucionarlo para su beneficio
27) Revelaré a mi cliente todas las compensaciones anticipadas de terceros que pueda
recibir por referidos de ese cliente.
28) Solamente aceptaré el intercambio de servicios, bienes u otra retribución no monetaria
cuando no perjudique la relación de coaching.
Cuarta Parte: Compromiso de Ética de la ICF
Como coach profesional, acepto honrar mis obligaciones éticas con mis clientes y colegas
y con el público en general. Me comprometo con este Código de Ética, a tratar a las
personas con dignidad como seres humanos iguales e independientes y a modelar estos
estándares con mis coacheados. Si faltara a este Compromiso de Ética o a cualquiera de
sus partes, acepto que la ICF es la única autoridad para hacerme responsable de estos
hechos. Además, acepto mi responsabilidad hacia la ICF si una falta a este compromiso
incluyera la pérdida de mi membresía y/o mis acreditaciones.
Código de Ética
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Aprobado el 22 de enero de 2005.